martes, 8 de marzo de 2011

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR

Las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) son el organismo público más próximo a los ciudadanos en materia de consumo. Dependen de sus respectivos ayuntamientos o mancomunidades y existen cerca de 800 en España. Además de asesorar sobre cuestiones comerciales, se encargan de supervisar y controlar productos, bienes y servicios para comprobar que cumplen la normativa vigente. Ante ciertas infracciones, pueden llegar incluso a decomisar una mercancía.

Dentro de sus tareas para ayudar a los usuarios a ejercer sus derechos también se encuentra la de actuar como entidades mediadoras cuando gestionan una reclamación. Sin embargo, no están legitimadas para representar a los ciudadanos ante los tribunales.

Las primeras oficinas se crearon en los años 1982-1983. Después, a partir de la Ley para la Defensa de Consumidores y Usuarios (LGDCU), las OMIC se extendieron rápidamente.

Sus funciones dependen de la dotación presupuestaria con la que cuenten, del número de personas que las atienda y de los medios disponibles. Pero, en general, puede afirmarse que las OMIC son organismos de la Administración local que cumplen las siguientes labores:
  • Orientar a los consumidores mediante la información y el asesoramiento personalizado en cada consulta. Ésta puede hacerse de manera personal, telefónica o por escrito.
  • Analizar la tramitación de denuncias, quejas y reclamaciones a través de:
    • La mediación entre las partes para la resolución de determinadas cuestiones.
    • La Inhibición a favor de la Junta Arbitral de Consumo (órgano municipal cuya finalidad es administrar el Sistema Arbitral de Consumo en el ámbito territorial del municipio).
    • Educar en materia de consumo mediante campañas de sensibilización y formación.